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Seguro de dependencia

¿Qué es este seguro?

El seguro de dependencia cuya finalidad es asegurar una renta vitalicia ante situaciones de Gran Dependencia o Dependencia Severa (reconocidas por la Administración Pública), para que el Asegurado pueda hacer frente a la pérdida de ingresos o al aumento de gastos médicos o de otro tipo que la dependencia le pueda suponer. Adicionalmente, también para situaciones de Gran Dependencia o Dependencia Severa puede contratarse un capital de primeros gastos. Ideal para personas que no tienen lazos familiares o no quieren suponer una carga para su familia en el caso de sufrir un accidente o enfermedad que le haga dependiente de cuidados.

Seguro pensado para…

Dirigido a personas que quieren asegurar una renta vitalicia, así proteger su economía y garantizar su nivel de vida ante las situaciones de Gran Dependencia o Dependencia Severa.

Permite complementar las prestaciones públicas por dependencia, para hacer frente a los elevados costes que generan este tipo de situaciones, permitiendo garantizar disponibilidad económica.

Ventajas fiscales: la prima es deducible de la renta del cliente y tributa como rendimientos del trabajo

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Coberturas disponibles

Gran Dependencia

Cuando el Asegurado necesita ayuda para realizar diversas actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, sensorial o intelectual, necesita apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal.

 

Dependencia Severa

Cuando el Asegurado necesite ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.

Asesoramiento personalizado

Como mediadores profesionales, disponemos de la formación y la experiencia necesarias para saber asesorarle de una manera personalizada.– Si aún no tiene contratada su seguro de dependencia, estudiaremos su caso y analizaremos sus necesidades.– Si ya dispone de un seguro de dependencia, puede traérnoslo y revisaremos la póliza.

Preguntas Frecuentes sobre el seguro de dependencia

¿Quién puede beneficiarse de un seguro de dependencia?

Si no tienes planes de formar una familia tradicional (cónyuge e hijos) y eres una persona que disfruta de la vida a tope, seguramente te interesa mucho más invertir en un seguro de dependencia. En el caso de no tener familia que pueda cuidar de ti, o que estén demasiado mayores para hacerlo (si son tus padres o abuelos) tienes una forma de seguir viviendo con tranquilidad, e incluso pagar a un asistente.

Por otro lado, si tienes un núcleo familiar tradicional, pero eres el único conyugue que aporta un sueldo al hogar, o también en el caso que tengas un trabajo que pueda considerarse de riesgo, contar con esta ayuda económica mensual, sería un gran soporte para tu familia.

¿Cuál es la diferencia entre un seguro de dependencia y uno de vida?

El seguro de vida suele ser un capital que percibir en caso de fallecimiento. Este capital suele ir destinado al cónyuge y los hijos, para asegurar que puedan continuar con una vida cómoda a falta de un progenitor que aporte un sueldo a casa. Otras veces se puede destinar a pagar la hipoteca del hogar, si es que todavía se tiene.

En el caso de tener este tipo de núcleo familiar, carece de sentido tener un seguro de vida que te un capital al fallecer, pues no hay nadie quién pueda beneficiarse del mismo.

¿Cuál es la diferencia entre un seguro de dependencia y uno que cubra accidentes?

Por otro lado, algunos seguros de vida también dan capital en el caso de sufrir un accidente grave y/o caso de invalidez. La principal diferencia con el seguro de dependencia es que este último te da un sueldo de por vida, ideal por si no tienes un núcleo familiar tradicional (cónyuge e hijos) que pueda cuidar de ti.

Hay también seguros de accidentes (por ejemplo, laborales, deportivos, o 24h). Estos suelen funcionar igual que los seguros de vida: te dan un capital en función de si hay fallecimiento o invalidez practicando la actividad en cuestión (además de otras coberturas como rescate, etc.). Este capital puede ayudarte a acondicionar tu casa, vehículo, etc. pero en caso de no poder seguir trabajando o necesitar asistencia durante la continuidad de tu vida, contar con un complemento en forma de sueldo, a la prestación que te daría el Estado, es una garantía de tranquilidad.

¿Cómo es la Ley de Dependencia?

La Ley 39/2006 del 14 de diciembre de 2006, más conocida como “Ley de Dependencia”, se aprobó con el objetivo de garantizar la autonomía, la protección y la atención mediante servicios públicos y privados de las personas que se ven en dicha situación, y asegurar que puedan tener una vida digna. Esta establece, entre otras cosas, tres grados de dependencia según la severidad del caso:

Grado I: Dependencia Moderada – se necesita ayuda con las actividades diarias por lo menos una vez al día, o apoyo esporádico limitado por la autonomía personal.

Grado II: Dependencia Severa – la persona necesita ayuda varias veces al día (dos o tres) para realizar las actividades del día a día, pero sin ser total.

Grado III: Gran Dependencia – se necesita soporte de más de tres veces al día, incluso siendo necesaria el apoyo permanente (24h) de un cuidador.

En el caso de que la Administración Pública dictamine que te encuentras en situación de dependencia, pasarías a cobrar lo determinado en tu póliza según lo que hayas contratado.

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